Propiedad Intelectual

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Solicitudes de patentes

Porcentaje de Patentes Otorgadas

35% Nacional
65% Extranjero

0

Marcas registradas

1 marca notoriamente
reconocida

0

Registros de derecho de autor

10 Servicios a terceros

59% Otras obras
41% Software


Fuente: Bases de Datos de la Oficina de Propiedad Intelectual UPCH

Funciones

Registro

Normativa

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Equipo


Registro de Propiedad Intelectual

El Vicerrectorado de Investigación, a través de la Dirección Universitaria de Innovación y Emprendimiento, proporciona a la comunidad universitaria asesoría y asistencia técnica para la protección de sus creaciones y desarrollos ante la autoridad competente.

Si deseas registrar una invención desarrollada en Cayetano, a continuación, encontrarán los requisitos y el proceso de registro en la DUIE-OPI.

  1. El inventor que desee registrar una invención, deberá llenar el Formulario de Descripción de la Invención  y la Ficha de Invención  enviarlo a la Oficina de Propiedad Intelectual (OPI), al correo: [email protected].
  2. La OPI revisará que la información de los formularios esté completa, dará conformidad de recepción de la solicitud de registro, procediendo a evaluar el cumplimiento de los requisitos de patentabilidad (novedad, nivel inventivo, aplicación industrial, ventaja técnica).
  3. El informe de patentabilidad será comunicado al solicitante.
  4. De encontrarse material patentable (patente de invención o modelo de utilidad), la estrategia de protección de la invención se presentará en la siguiente sesión de Comité de Innovación de la UPCH, conforme a sus facultades previstas en el Reglamento General de la UPCH, el cual decidirá si la UPCH respaldará el registro nacional y/o internacional ante la autoridad competente.
  5. De obtener una respuesta positiva por parte del Comité de Innovación, la OPI procederá a la preparación de solicitud de patente, con ayuda de un tercero en caso corresponda. Para la redacción del documento técnico, se necesitará el apoyo de los inventores
  6. Los inventores externos de la UPCH, deberán entregar un documento de cesión de derechos a favor de la UPCH debidamente legalizado por Notario Público.
  7. Una vez se tenga listo el expediente de solicitud de registro, la OPI presentará la solicitud de registro ante la autoridad competente, con la ayuda de un tercero en caso corresponda.
  8. La OPI hará el seguimiento del trámite hasta la obtención de la resolución por parte de la autoridad competente, además realizar los pagos de anualidad de patente en caso corresponda.
  9. Finalmente, la OPI informará al inventor la resolución de la autoridad competente.
  10. Cuando se cuente con el título de patente, la OPI realizará el pago de mantenimiento de patente de acuerdo con los intereses de la universidad.

La Unidad de gestión interesada en registrar una obra, deberá cumplir con los requisitos y el siguiente procedimiento.

  1. Según el tipo de obra, el solicitante interesado en registrar una obra, deberá llenar según corresponda el Formulario de Descripción de la Creación: Software   o Formulario de Descripción de la Obra, y enviarlo al a la Oficina de Propiedad Intelectual (OPI), al correo: [email protected].
    Asimismo, para el registro de software, el solicitante deberá proporcionar: manual de usuario, memoria descriptiva o ejecutable, y la parte más importante del código fuente. Mientras que para el registro de obra, el solicitante deberá proporcionar, de forma física o virtual el material que se desea proteger (obra audiovisual, literaria, artística, etc).
  2. La OPI revisará que la información del formulario esté completo y dará conformidad de recepción de la solicitud de registro.
  3. La OPI presentará el requerimiento de registro en la siguiente sesión del Comité de Innovación de la UPCH, conforme a sus facultades previstas en el Reglamento General de la UPCH, el cual decidirá si la UPCH respaldará el registro ante la autoridad competente.
  4. De obtener una respuesta positiva del Comité de Innovación, la OPI elaborará el expediente para el registro y lo presentará ante el Indecopi.
  5. Finalmente, la OPI informará al solicitante la resolución de Indecopi

Para el registro de software, el solicitante deberá proporcionar, en soporte digital (CD o USB): manual de usuario, memoria descriptiva o ejecutable, y la parte más importante del código fuente.

Para el registro de obra, el solicitante deberá proporcionar, en soporte digital (CD o USB) o de forma virtual el material que se desea proteger (obra audiovisual, literaria, artística, etc.).

La universidad registra sus signos distintivos de interés de la universidad, así como de sus unidades de gestión integrantes.

  1. Conforme a la DIRECTIVA PARA EL REGISTRO, MODIFICACIÓN Y PROTECCIÓN DE LOS SIGNOS DISTINTIVOS DE LA UPCH, el interesado en registrar un signo distintivo, deberá llenar la Solicitud de Registro de Signos Distintivos.
  2. La OPI revisará que la información esté correcta y dará conformidad de recepción de la solicitud de registro.
  3. La OPI hará la consulta a la Oficina de Imagen Institucional si el signo distintivo a registrar está alineado al branding de la UPCH. En caso de obtener una respuesta negativa,  la OPI informará al solicitante para que modifique el signo distintivo.
  4. En caso de tener una respuesta positiva, la OPI presentará la estrategia de registro del signo en la siguiente sesión de Comité de Innovación de la UPCH, conforme a sus facultades previstas en el Reglamento General de la UPCH, el cual decidirá si la UPCH respaldará el registro ante la autoridad competente. De considerarse necesario, la OPI puede extender una invitación al representante de la unidad operativa solicitante para que haga una presentación ante el Comité de Innovación, en la cual justifique las razones por las cuales requiere el registro del signo distintivo.
  5. De obtener una respuesta positiva por parte del Comité de Innovación, la OPI solicitará al Indecopi una búsqueda de antecedentes fonéticos y/o figurativos para evaluar la registrabilidad del signo distintivo. En caso de obtener una respuesta negativa,  la OPI informará al solicitante para que modifique el signo distintivo.
  6. En caso de tener una respuesta positiva sobre la registrabilidad del signo distintivo, la OPI procederá a la preparación de solicitud de registro.
  7. Una vez se tenga listo el expediente de solicitud de registro, la OPI presentará la solicitud de registro ante la autoridad competente.
  8. La OPI hará el seguimiento del trámite hasta la obtención de la resolución por parte de la autoridad competente
  9. Finalmente, la OPI informará al solicitante la resolución de la autoridad competente.

Importante: El uso de la marca deberá encontrarse debidamente justificado. En el caso de las solicitudes de registro de marcas, la OTTPI brindará toda la asesoría necesaria para determinar el número de clases de los productos y/o servicios conforme a la Clasificación de Niza.

Patente

Si deseas registrar una invención desarrollada en Cayetano, a continuación, encontrarán los requisitos y el proceso de registro en la DUIE-OPI.

  1. El inventor que desee registrar una invención, deberá llenar el Formulario de Descripción de la Invención  y la Ficha de Invención  enviarlo a la Oficina de Propiedad Intelectual (OPI), al correo: [email protected].
  2. La OPI revisará que la información de los formularios esté completa, dará conformidad de recepción de la solicitud de registro, procediendo a evaluar el cumplimiento de los requisitos de patentabilidad (novedad, nivel inventivo, aplicación industrial, ventaja técnica).
  3. El informe de patentabilidad será comunicado al solicitante.
  4. De encontrarse material patentable (patente de invención o modelo de utilidad), la estrategia de protección de la invención se presentará en la siguiente sesión de Comité de Innovación de la UPCH, conforme a sus facultades previstas en el Reglamento General de la UPCH, el cual decidirá si la UPCH respaldará el registro nacional y/o internacional ante la autoridad competente.
  5. De obtener una respuesta positiva por parte del Comité de Innovación, la OPI procederá a la preparación de solicitud de patente, con ayuda de un tercero en caso corresponda. Para la redacción del documento técnico, se necesitará el apoyo de los inventores
  6. Los inventores externos de la UPCH, deberán entregar un documento de cesión de derechos a favor de la UPCH debidamente legalizado por Notario Público.
  7. Una vez se tenga listo el expediente de solicitud de registro, la OPI presentará la solicitud de registro ante la autoridad competente, con la ayuda de un tercero en caso corresponda.
  8. La OPI hará el seguimiento del trámite hasta la obtención de la resolución por parte de la autoridad competente, además realizar los pagos de anualidad de patente en caso corresponda.
  9. Finalmente, la OPI informará al inventor la resolución de la autoridad competente.
  10. Cuando se cuente con el título de patente, la OPI realizará el pago de mantenimiento de patente de acuerdo con los intereses de la universidad.

Derecho de autor

La Unidad de gestión interesada en registrar una obra, deberá cumplir con los requisitos y el siguiente procedimiento.

Marcas

La universidad registra sus signos distintivos de interés de la universidad, así como de sus unidades de gestión integrantes.

  1. Conforme a la DIRECTIVA PARA EL REGISTRO, MODIFICACIÓN Y PROTECCIÓN DE LOS SIGNOS DISTINTIVOS DE LA UPCH, el interesado en registrar un signo distintivo, deberá llenar la Solicitud de Registro de Signos Distintivos.
  2. La OPI revisará que la información esté correcta y dará conformidad de recepción de la solicitud de registro.
  3. La OPI hará la consulta a la Oficina de Imagen Institucional si el signo distintivo a registrar está alineado al branding de la UPCH. En caso de obtener una respuesta negativa,  la OPI informará al solicitante para que modifique el signo distintivo.
  4. En caso de tener una respuesta positiva, la OPI presentará la estrategia de registro del signo en la siguiente sesión de Comité de Innovación de la UPCH, conforme a sus facultades previstas en el Reglamento General de la UPCH, el cual decidirá si la UPCH respaldará el registro ante la autoridad competente. De considerarse necesario, la OPI puede extender una invitación al representante de la unidad operativa solicitante para que haga una presentación ante el Comité de Innovación, en la cual justifique las razones por las cuales requiere el registro del signo distintivo.
  5. De obtener una respuesta positiva por parte del Comité de Innovación, la OPI solicitará al Indecopi una búsqueda de antecedentes fonéticos y/o figurativos para evaluar la registrabilidad del signo distintivo. En caso de obtener una respuesta negativa,  la OPI informará al solicitante para que modifique el signo distintivo.
  6. En caso de tener una respuesta positiva sobre la registrabilidad del signo distintivo, la OPI procederá a la preparación de solicitud de registro.
  7. Una vez se tenga listo el expediente de solicitud de registro, la OPI presentará la solicitud de registro ante la autoridad competente.
  8. La OPI hará el seguimiento del trámite hasta la obtención de la resolución por parte de la autoridad competente
  9. Finalmente, la OPI informará al solicitante la resolución de la autoridad competente.

Importante: El uso de la marca deberá encontrarse debidamente justificado. En el caso de las solicitudes de registro de marcas, la OTTPI brindará toda la asesoría necesaria para determinar el número de clases de los productos y/o servicios conforme a la Clasificación de Niza.

Cursos

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Las patentes como instrumentos de valor para los procesos de investigación, invención e innovación tecnológica

El presente curso busca enseñar y desarrollar de forma introductoria y básica los aspectos generales e integrales relativos al sistema de patentes, los cuales deben ser conocidos por toda persona que directa o indirectamente esté involucrada o vaya a involucrarse con proyectos de investigación, invención, innovación o emprendimiento tecnológico.

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MOOC sobre Derechos
de Autor en la enseñanza
universitaria

En el presente curso conocerán los fundamentos esenciales sobre propiedad intelectual y derechos de autor, junto con su aplicación específica dentro del entorno universitario.

Equipo

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Diana Sandoval

Coordinadora de la Oficina Propiedad Intelectual


[email protected]

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Pamela Amado

Practicante de Propiedad
Intelectual


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